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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2022

10.3.11. Por acogimiento familiar de menores

  • 500 euros por cada menor en régimen de acogimiento familiar con exclusión de aquellos que tengan finalidad preadoptiva siempre que el menor conviva con el contribuyente al menos 183 días durante el período impositivo.

  • 250 euros por cada menor en régimen de acogimiento familiar con exclusión de aquellos que tengan finalidad preadoptiva cuando la convivencia del menor sea superior a 90 días e inferior a 183 días.

Cuando exista más de un contribuyente con derecho a la aplicación de la deducción y éstos realicen declaración individual del impuesto, la deducción se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos.

Cumplimentación

Deberá reflejar en la casilla "Común" o en la casilla "Del titular", conforme a lo que se indica a continuación, el número de menores acogidos que dan derecho a la deducción teniendo en cuenta que el mismo menor sólo puede consignarse en una de las dos casillas.

 En caso de matrimonio cuando la deducción corresponda a ambos cónyuges se indicarán en la columna "Común".

En otro caso o cuando existiendo matrimonio haya optado por una captura de datos individual se indicará en la columna "Del Titular" indicando, además, el número de personas con derecho a la deducción.