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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2022

10.3.13. Por gastos de descendientes en centros de 0 a 3 años

Cuantía

  1. El 15% de las cantidades satisfechas en el período impositivo en concepto de gastos de descendientes, pagados en centros de cero a tres años, con el límite de 500 euros por cada descendiente que no supere la citada edad.

  2. El 30% con un límite de 1.000 euros anuales para contribuyentes con residencia habitual en concejos en riesgo de despoblación.

Requisitos y condiciones

  • Solo tendrán derecho a esta deducción los contribuyentes cuya base imponible no resulte superior a 26.000 euros en tributación individual ni a 37.000 euros en tributación conjunta.

    No obstante, para contribuyentes con residencia en concejos en riesgo de despoblación los límites de base imponible serán de 35.000 en tributación individual y 45.000 euros en tributación conjunta.

  • Si el menor cumple los tres años en el ejercicio, se calcularán de forma proporcional la deducción y el citado límite, al número de meses en que se cumplan los requisitos.

  • Los progenitores, adoptantes o tutores o acogedores tienen que convivir con el menor.

  • Cuando exista más de un contribuyente con derecho a la aplicación del beneficio fiscal, el importe de la deducción se prorrateará por partes iguales aplicándose únicamente a aquellos que cumplan las condiciones establecidas para ser beneficiarios de la misma.

  • La deducción deberá minorarse, por cada descendiente, en la cantidad correspondiente a las ayudas percibidas en el período impositivo procedentes del Principado de Asturias asociadas a los gastos generados por el cuidado de hijos de cero a tres años.

    Para el período 2022 no se ha aprobado ninguna ayuda.

  • Si el contribuyente hubiera abonado gastos por menores de 3 años durante todo el periodo impositivo, habiendo residido únicamente durante una parte del año en un concejo en riesgo de despoblación se aplicará la deducción atendiendo a las circunstancias existentes a fecha de devengo del impuesto.

Incompatibilidad

La deducción será incompatible respecto de los mismos descendientes con la deducción " Por el cuidado de descendientes o adoptados de hasta 25 años de edad".

Cumplimentación

Si ha tenido su residencia habitual en concejos en riesgo de despoblación marcará la casilla habilitada al efecto.

En cualquier caso, deberá reflejar por cada descendiente (el programa tiene capacidad para incluir hasta cuatro descendientes) el importe satisfecho que corresponde al titular, indicará si el hijo convive o no con ambos padres.

Si el menor cumpliese tres años durante el ejercicio indicará el número de meses transcurridos incluido el mes del ejercicio en que los cumple; en este, caso los importes satisfechos que tendrá que consignar serán los satisfechos hasta esa fecha.