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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2022

10.4.11 Para cursar estudios de educación superior fuera de la isla de residencia habitual.

Cuantía

  1. En general (períodos impositivos que finalizan el 31 de diciembre)

    1.760 euros por cada descendiente.

  2. Contribuyentes fallecidos un día distinto del 31 de diciembre

    • Con carácter general 1.500 euros por cada descendiente.

    • 1.600 euros cuando la base imponible total es inferior a 18.000 euros.

La deducción se aplica a la declaración del ejercicio en el que se inicia el curso académico. El importe de esta deducción no podrá exceder el 50% de la cuota íntegra autonómica.

Requisitos y condiciones

  1. Que los descendientes dependan económicamente del contribuyente, y que den derecho al mínimo por descendientes.

  2. Que el descendiente que origine el derecho a la deducción no haya obtenido rentas en el ejercicio por importe superior a 8.000 euros.

  3. Que los descendientes se hallen cursando estudios superiores universitarios, enseñanzas artísticas superiores, formación profesional de grado superior, enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior, enseñanzas deportivas de grado superior o cualquier otro estudio que, de acuerdo con la legislación orgánica estatal en materia de educación se considere educación superior, que abarquen un curso académico completo o un mínimo de 30 créditos fuera de la isla del archipiélago balear en la que se encuentre la residencia habitual del contribuyente.

  4. Que la base imponible total del contribuyente no supere los 33.000 euros en tributación individual o los 52.800 en tributación conjunta.

    En el caso de contribuyentes fallecidos antes del 31/03/2022 la base imponible total no podrá superar los 30.000 euros.

  5. Si los descendientes conviven con dos o más ascendientes y éstos tributan de manera individual, la deducción se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno.

  6. Que no haya oferta educativa pública, diferente de la virtual o a distancia, en la isla de Mallorca para realizar los estudios correspondientes, o que, existiendo esta oferta se haya solicitado el ingreso y se haya inadmitido por razón de los criterios de admisión aplicables.

    En el caso de contribuyentes fallecidos en un día distinto del 31 de diciembre no será aplicable la deducción si el lugar en el que se cursan los estudios está fuera de las Illes Balears y hay oferta educativa pública en la isla de Mallorca, diferente de la virtual o a distancia, para realizar los estudios.

Cumplimentación

Deberá reflejar en la casilla "Común" o en la casilla "Titular", conforme a lo que se indica a continuación, el número de descendientes que cursen estudios teniendo en cuenta que un mismo descendiente sólo puede consignarse en una de las dos casillas.

En caso de un matrimonio y cuando ambos cónyuges tengan derecho a la deducción, deberá indicar en la casilla "Común" el número de descendientes que cumplen los requisitos.

En otro caso o cuando existiendo matrimonio haya optado por una captura de datos individual, el número de descendientes por los que se tenga derecho se reflejará en la casilla "Titular". En este supuesto, deberá cumplimentar, adicionalmente, el número de ascendientes con los que convive el descendiente.