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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2022

10.4.19. Para compensar el incremento del coste de los préstamos o créditos hipotecarios con tipo de interés variable

Esta deducción no es aplicable en el caso de contribuyentes fallecidos en un día distinto del 31 de diciembre.

Cuantía

Los contribuyentes con contratos de préstamos o créditos con garantía hipotecaria y con tipo de interés variable suscritos para la financiación de la adquisición de vivienda podrán deducirse la diferencia entre los intereses abonados en el año 2022 respecto a los abonados en el año 2021 con un límite máximo de 250 euros por contribuyente.

Requisitos y condiciones

  • El inmueble para cuya adquisición se haya constituido la hipoteca tiene que ser la vivienda habitual del contribuyente.

  • El incremento del coste deberá justificarse mediante un certificado bancario, el cual deberá mantenerse a disposición de la administración tributaria.

  • La base imponible total no puede superar los 52.800 euros en el caso de tributación conjunta y los 33.000 euros en el caso de tributación individual.

  • La justificación documental deberá acreditarse mediante las facturas o los documentos equivalentes correspondientes, los cuales deben mantenerse a disposición de la administración tributaria.

Incompatibilidad

Esta deducción es incompatible con la deducción estatal por inversión en vivienda habitual.

Cumplimentación

Consignará los intereses satisfechos en 2022 y los satifechos en 2021.