10.4.9 Para declarantes con discapacidad física, psíquica o sensorial o con descendientes con esta condición
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En general (períodos impositivos que finalizan el 31 de diciembre)
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Cuantía
Por cada contribuyente y, en su caso, por cada miembro de la unidad familiar, residente en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que tengan la consideración legal de personas con discapacidad, se establecen las deducciones siguientes según la naturaleza y grado de su minusvalía:
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88 euros en caso de minusvalía física o sensorial de grado igual o superior al 33% e inferior al 65%.
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165 euros en caso de minusvalía física o sensorial de grado igual o superior al 65%.
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165 euros en caso de minusvalía psíquica de grado igual o superior al 33%.
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Requisitos y condiciones
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La base imponible total no podrá superar los 52.800 euros en el caso de tributación conjunta y los 33.000 euros en el de tributación individual.
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En el caso de que los cónyuges tributen de forma individual y tengan derecho a la aplicación del mínimo familiar por descendientes, cada uno tendrá derecho a aplicarse íntegramente la deducción.
También resulta aplicable la deducción por la discapacidad del cónyuge, al formar parte de la unidad familiar, con independencia de que este último la aplique en su propia declaración.
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Contribuyentes fallecidos un día distinto del 31 de diciembre
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Cuantía
Por cada contribuyente y, en su caso, por cada miembro de la unidad familiar, residente en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que tengan la consideración legal de personas con discapacidad, se establecen las deducciones siguientes según la naturaleza y grado de su discapacidad:
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80 euros en caso de minusvalía física o sensorial de grado igual o superior al 33% e inferior al 65%.
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150 euros en caso de minusvalía física o sensorial de grado igual o superior al 65%.
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150 euros en caso de minusvalía psíquica de grado igual o superior al 33%.
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Requisitos y condiciones
En el caso de contribuyentes fallecidos antes del 31/03/2022 la suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro, menos el mínimo del contribuyente y el mínimo por descendientes, no puede superar los 12.500 euros.
Para los contribuyentes fallecidos entre el 31/03/2022 y el 30/12/2022 la suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro, menos el mínimo del contribuyente y el mínimo por descendientes, no puede superar los 13.750 euros.
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Cumplimentación
A través de una ventana de captura de datos deberá reflejar de manera separada, en función del grado de discapacidad, el número de personas por las que puede aplicarse la deducción en la declaración del titular y el número de personas por las que los diferentes titulares, pueden aplicar la deducción en declaración conjunta.