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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2022

10.7.5. Por cuidado de ascendientes mayores de 75 años

Cuantía

Por el cuidado de ascendientes mayores de 75 años la cantidad de 150 euros por cada ascendiente que cumpla los requisitos:

Requisitos

  1. Para poder aplicar la deducción el ascendiente deberá dar derecho al mínimo por ascendientes para mayores de 75 años en los términos previstos en la Ley de IRPF

  2. No procederá la deducción cuando el ascendiente mayor de 75 años que genere el derecho a la deducción resida durante más de treinta días naturales en Centros Residenciales de Mayores de la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha o en plazas concertadas o subvencionadas por ésta en otros centros, a excepción de las estancias temporales derivadas de convalecencias debidamente acreditadas por el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.

  3. La suma de la base imponible general y la del ahorro no debe superar la cantidad de 27.000 euros en tributación individual o de 36.000 euros en tributación conjunta.

Incompatibilidad

La deducción por contribuyentes mayores de 75 años y la deducción por ascendientes mayores de 75 años son incompatibles, respectivamente, con la deducción por discapacidad del contribuyente y con la deducción por discapacidad de ascendiente, respecto de la misma persona mayor de 75 años.

Si la persona mayor de 75 años tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65% se aplicarán las deducciones por discapacidad del contribuyente o por discapacidad de ascendiente que, en su calidad de contribuyente o de ascendiente del contribuyente, respectivamente, le corresponda.

Cumplimentación

Deberá indicar el nombre de cada ascendiente y ,por cada uno de ellos, si genera el derecho a la deducción de acuerdo con lo expuesto anteriormente marcará la casilla correspondiente.