10.9.6. Para los contribuyentes que queden viudos
Cuantía
Los contribuyentes que queden viudos durante el ejercicio pueden aplicarse una deducción de 150 euros.
Esta deducción será aplicable en la declaración correspondiente al ejercicio en el que los contribuyentes queden viudos y en los dos ejercicios inmediatamente posteriores de tal modo que los contribuyentes que queden viudos en el ejercicio 2022, podrán aplicar la deducción en los ejercicios 2023 y 2024.
Si el contribuyente que queda viudo tiene a su cargo uno o más descendientes con derecho al mínimo por descendientes, podrá aplicar una deducción de 300 euros en la declaración del ejercicio en que quede viudo, y en la de los dos ejercicios inmediatamente posteriores, siempre y cuando los descendientes mantengan los requisitos para computar a efectos de aplicar dicho mínimo.
Cumplimentación
Si conforme a lo expuesto tiene derecho a la deducción marcará la/s casillas correspondientes.