3.3.3. Formas de pago
En el caso de que la declaración fuera a ingresar el contribuyente podrá elegir alguna de las siguientes modalidades de ingreso:
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Domiciliación del pago en una entidad de crédito que actúe como colaboradora en la gestión recaudatoria (Banco, Caja de Ahorro o cooperativa de crédito) sita en territorio español en la que se encuentre abierta a su nombre la cuenta en la que domicilia el pago.
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Pago electrónico
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Reconocimiento de deuda con imposibilidad de pago
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Reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento,
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Reconocimiento de deuda con solicitud de compensación
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Reconocimiento de deuda con solicitud de pago mediante entrega de bienes del PHE
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Ingreso parcial y reconocimiento de deuda con imposibilidad de pago
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Ingreso parcial y reconocimiento de con solicitud de aplazamiento
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Ingreso y reconocimiento deuda con solicitud de compensación
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Ingreso parcial y reconocimiento deuda con solicitud de pago mediante entrega de bienes del PHE
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Reconocimiento deuda y pago por transferencia. Podrán efectuar el pago mediante transferencia, previo reconocimiento de deuda, sólo aquellos contribuyentes que opten por realizar el ingreso de forma no presencial y no dispongan de una cuenta de su titularidad en ninguna entidad colaboradora. Si el pago se realiza desde una entidad colaboradora será devuelto a la cuenta de origen con las consecuencias legales que implica el incumplimiento de la obligación de pago.
En Renta WEB las modalidades de ingreso se van a agrupar en: "No fraccionado" y "Pago fraccionado".
Si selecciona "No fraccionado" podrá:
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Domiliciar el importe a ingresar.
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Ingresar con pago electrónico (pago con cargo en cuenta, pagar con tarjeta de crédito/débito, introducir eL NRC ya generado)
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Ingresar acudiendo a un Banco/Caja con el documento de ingreso.
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Optar por otras modalidades de pago:
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Reconocimiento de deuda con imposibilidad de pago
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Reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento,
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Reconocimiento de deuda con solicitud de compensación
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Reconocimiento de deuda con solicitud de pago mediante entrega de bienes del PHE
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Ingreso parcial y reconocimiento de deuda con imposibilidad de pago
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Ingreso parcial y reconocimiento de con solicitud de aplazamiento
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Ingreso y reconocimiento deuda con solicitud de compensación
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Ingreso parcial y reconocimiento deuda con solicitud de pago mediante entrega de bienes del PHE
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reconocimiento deuda y pago por transferencia
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Si selecciona" Pago fraccionado" podrá domiciliar el primero y/o el segundo plazo en los plazos recogidos en el apartado 3.3.4.