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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2022

7.2.3.6. Rendimientos derivados de contratos de seguro de vida o invalidez y de operaciones de capitalización

Se incluirán en este apartado los rendimientos dinerarios o en especie, así como sus correspondientes retenciones o ingresos a cuenta (que el programa traslada a la casilla 0597 de la declaración), procedentes de contratos de seguro de vida o invalidez y de operaciones de capitalización, excepto cuando deban tributar como rendimientos del trabajo.

Cumplimentación

Para determinar el importe de los ingresos íntegros de estos rendimientos de capital mobiliario se aplicarán las siguientes reglas:

  • Capital diferido

Cuando se perciba un capital diferido, el rendimiento íntegro vendrá determinado por la diferencia entre el capital percibido y el importe de las primas satisfechas.

  • Rentas vitalicias o temporales

No tributan en el IRPF las rentas vitalicias o temporales que hayan sido adquiridas por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio.

Las rentas temporales y vitalicias se integrarán en la base imponible conforme a las siguientes reglas:

  1. Rentas vitalicias
  2. Rentas temporales
  3. Régimen especial de integración
  4. Rescate de rentas temporales y vitalicias
  5. Disposición transitoria cuarta Ley IRPF
  6. Contratos de seguros de vida en los que el tomador asuma el riesgo de la inversión
  7. Planes individuales de ahorro sistemáticos