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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2022

7.6.3.8. Indemnizaciones por pérdidas o siniestros

En el caso de indemnizaciones o capitales asegurados por pérdidas o siniestros en elementos patrimoniales, se computará como ganancia o pérdida patrimonial la diferencia entre la cantidad percibida y la parte proporcional del valor de adquisición que corresponda al daño.

Cuando la indemnización no fuese en metálico, se computará la diferencia entre el valor de mercado de los bienes, derechos o servicios recibidos y la parte proporcional del valor de adquisición que corresponda al daño.

Sólo se computará ganancia patrimonial cuando se derive un aumento en el valor del patrimonio del contribuyente. En consecuencia, en todos aquellos supuestos en que sólo se cubra la reparación del daño, no se computará a efectos fiscales ganancia patrimonial alguna.