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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2022

Premios obtenidos por la participación en concursos o combinaciones aleatorias con fines publicitarios

Se diferencian este tipo de premios de participación en concursos o combinaciones aleatorias realizados con fines publicitarios de los anteriormente expuestos sin fines publicitarios, en que en este caso no hay posibilidad de compensación de partidas negativas.

A efectos fiscales, las modalidades de juego en los que no se realice ningún desembolso económico, como programas o concursos desarrollados en medios de comunicación, o combinaciones aleatorias con fines publicitarios cuya contraprestación sea la adquisición de algún producto sin coste adicional alguno, no podrán computarse pérdidas en ningún caso.

  1. Premios en metálico

    A través de ventana de captura de datos se consignará el importe íntegro del premio obtenido (sin descontar la retención practicada) y el importe de la misma. La persona que conceda el premio está obligada a emitir certificación en donde figuren estos conceptos.

    La retención practicada sobre los premios obtenidos será trasladada por el programa la casilla 0603.

  2. Premios en especie

    A través de una ventana de captura de datos se hará constar la valoración del premio (valor de mercado) y, separadamente, el ingreso a cuenta efectuado (cuyo importe el programa traslada a la casilla 0603 de la página 22 de la declaración).Estos conceptos han de figurar en la certificación que está obligada a facilitar la persona que otorgue los premios.

    Con carácter general, el "Ingreso íntegro" será la suma de la "Valoración" y el "Ingreso a cuenta", salvo que el importe de este último haya sido repercutido al perceptor. En este caso se consignará en esta casilla el importe del ingreso a cuenta repercutido, con el fin de que el programa no lo acumule a la valoración para determinar los ingresos íntegros.