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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2022

Información adicional

  • Ganancias patrimoniales obtenida para la transmisión de inmuebles urbanos adquiridos de forma onerosa entre el 12 de mayo y el 31 de diciembre 2012

    Estarán exentas en un 50% las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión de inmuebles urbanos adquiridos a título oneroso entre el 12 de mayo de 2012 y el 31 de diciembre de 2012.La exención alcanza a inmuebles urbanos tanto afectos como no afectos a actividades económicas.

    Esta exención parcial no resulta aplicable cuando el contribuyente hubiera adquirido o transmitido el inmueble a su cónyuge, a cualquier persona unida a él por parentesco, en línea recta o colateral, por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado incluido, a una entidad respecto de la que se produzca, con el contribuyente o con cualquiera de las personas anteriormente citadas, alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 42 del Código de Comercio, con independencia de la residencia y de la obligación de formular cuentas anuales consolidadas.

  • Operaciones de recompra del elemento transmitido

    Se marcará esta casilla si la transmisión origina una pérdida y los elementos patrimoniales transmitidos han sido adquiridos de nuevo dentro del año siguiente a la fecha de dicha transmisión ya que la pérdida patrimonial no deberá computarse hasta que no se produzca la posterior transmisión definitiva de los elementos patrimoniales readquiridos.

    No obstante, la pérdida deberá ser declarada y cuantificada en la declaración del ejercicio en el que se hubiera generado aunque no se integre a efectos liquidatorios. marcando para ello la casilla habilitada con este fin.