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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2022

8.2.2.7.Cumplimentación

  1. Excesos pendientes de reducir

    Los contribuyentes que no hubieran podido reducir la totalidad de las aportaciones, directas o imputadas, realizadas en los ejercicios 2017 a 2021 por superar el límite máximo de reducción fiscal establecido en cada uno de ellos, y que hubieran solicitado poder reducir el exceso dentro de los cinco ejercicios siguientes, cumplimentarán, en caso de no constar, en la casilla correspondiente de la ventana de captura de datos el importe de dichos excesos.

    Las reducciones por aportaciones y contribuciones a los sistemas de previsión social tienen un límite máximo conjunto que aplicará el programa.

    La imputación del exceso se realizará respetando los límites establecidos en la Ley del Impuesto.

  2. Aportaciones y contribuciones del ejercicio 2022

    A través de una ventana de captura de datos consignará si no constaran:

    • Las aportaciones realizadas directamente por el declarante distintas a las que se tengan que consignar en las casillas correspondientes a las aportaciones efectuadas por la empresa que derivan de una decisión del trabajador y a las aportaciones del trabajador al plan de pensiones de empleo, mutualidad de previsión social o plan de previsión social empresarial.

    • Las aportaciones efectuadas por la empresa que deriven de una decisión del trabajador.

      Este dato debe coincidir con el reflejado en la casilla 24 del apartado de rendimientos del trabajo. Si lo tuviera que rectificar también deberá modificar el de la citada casilla.

    • Consignará las aportaciones que el trabajador realiza al plan de pensiones de empleo, mutualidad de previsión social o plan de previsión social empresarial, siempre que se hayan efectuado contribuciones empresariales.

    • Contribuciones empresariales a sistemas de previsión social, excepto las realizadas a seguros colectivos de dependencia y las aportaciones de empresarios individuales a sistemas de previsión social.

      Este dato debe coincidir con el reflejado en la casilla 8 del apartado de rendimientos del trabajo. En el caso de que lo tuviera que rectificar también deberá modificar el de la citada casilla.

    • Las aportaciones de empresarios individuales a planes de pensiones de empleo o a mutualidades de previsión social, de los que sea promotor y además partícipe o mutualista, o a planes de previsión social empresarial o seguros colectivos de dependencia de los que sea tomador y asegurado.

    • Las contribuciones a seguros colectivos de dependencia imputadas se reflejarán en la ventana de captura de datos de rendimientos de trabajo y el programa las trasladará a este apartado de la declaración. Por lo tanto, tuviera que rectificar este dato la modificación se realizará en el apartado de rendimientos del trabajo, en la casilla 0009.

    • El NIF del plan de pensioens del sistema de empleo.

Pinchando en el icono "Más info" se abre una ventana en la que se visualizará de manera diferenciada los excesos no reducidos de los ejercicios 2017 a 2021 correspondientes a las aportaciones y contribuciones empresariales a sistemas de previsión social y, a las contribuciones empresariales a seguros colectivos de dependencia.

Para cada ejercicio se mostrará la información relativa a las cantidades pendientes de aplicar al principio del período, las aplicadas en el ejercicio y los importes pendientes de aplicar en ejercicios futuros.