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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2023

10.14.22. Para fomentar el ejercicio físico y la práctica deportiva

Cuantía

Los gastos del contribuyente, del cónyuge, y de aquellas personas que den derecho a la aplicación del mínimo personal y familiar en servicios relativos al ejercicio físico y la práctica deportiva darán derecho a una deducción del 30% o del 100% en el caso de mayores de 65 años y de quienes acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%

El límite máximo de esta deducción será 300 euros anuales.

Requisitos y condiciones

  • El contribuyente podrá practicar la deducción por los importes abonados durante el ejercicio por los gastos satisfechos que correspondan al propio contribuyente, su cónyuge y las personas que den derecho a aplicación del mínimo personal y familiar siempre que éstos se puedan justificar con independencia de quien haya satisfecho efectivamente los gastos.

  • Cuando varios contribuyentes tengan derecho a la aplicación de esta deducción, las cantidades satisfechas y el límite de la misma se prorratearán por partes iguales. 

  • Darán derecho exclusivamente a la deducción las cantidades desembolsadas por los siguientes servicios:

    • Los prestados en gimnasios e instalaciones deportivas.

    • Los prestados por las entidades inscritas en el Registro del Deporte de la Rioja

    • Las clases para la práctica del deporte o la educación física.

    • Las licencias federativas emitidas por una federación riojana.

  • Los servicios deben estar originados en el periodo impositivo y realizarse en el ámbito territorial de La Rioja.

  • La deducción queda condicionada a la justificación documental mediante factura completa u ordinaria sin que en ningún caso tenga tal condición la factura simplificada.

Cumplimentación 

Si ambos cónyuges tienen derecho a la deducción consignará en la declaración individual el importe satisfecho por cada uno de ellos.

Los importes satisfechos en servicios relativos al deporte y la práctica deportiva de las personas que generan el derecho al mínimo por ascendientes y descendientes se reflejarán, según el caso, en el apartado A) y/o en el apartado B).

Los datos introducidos en la declaración individual de uno de ellos, se traslada al otro. Recuerde que en la “Modalidad Cónyuge” los datos del cónyuge figurarán en la columna “Declarante”.