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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2023

10.14.6. Por adquisición construcción o rehabilitación de vivienda habitual en pequeños municipios

Cuantía

El 5% de las cantidades satisfechas en el ejercicio para la adquisición, rehabilitación o construcción de la vivienda habitual en los pequeños municipios que más adelante se detallan, con el límite máximo de 452 euros por declaración.

Requisitos y condiciones

  • Los contribuyentes tienen que adquirir, rehabilitar o iniciar la construcción de su vivienda habitual a partir del 1 de enero de 2017.

  • El contribuyente debe tener su residencia habitual en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

  • La vivienda tiene que ser su vivienda habitual y tiene que estar situada en alguno de los municipios que más adelante se relacionan.

  • Se deben cumplir los requisitos y condiciones establecidos en la Ley del IRPF, en su redacción vigente a 31 de diciembre de 2012, sobre el carácter de habitual de la vivienda y sobre lo que se entiende como adquisición, rehabilitación y construcción.

  • La aplicación de la deducción por inversión en vivienda requerirá que el importe comprobado del patrimonio del contribuyente al finalizar el periodo de la imposición exceda del valor que arrojase su comprobación al comienzo del mismo al menos en la cuantía de las inversiones realizadas, sin computar los intereses y demás gastos de financiación.

  • La base máxima de esta deducción será de 9.040 euros

Incompatibilidad

Esta deducción es incompatible con la deducción "Para paliar la subida de los intereses de los préstamos".

Cumplimentación

Deberá indicar las cantidades invertidas con derecho a deducción así como el código de municipio que aparece en la relación de municipios.

Relación de municipios de La Rioja con derecho a deducción por adquisición rehabilitación de vivienda habitual en pequeños municipios.

La relación viene en orden alfabético y precedido por el código de municipio.

12. Ábalos.

33. Aguilar del Río Alhama.

48. Ajamil de Cameros.

70. Alcanadre.

99. Alesanco.

103. Alesón.

125. Almarza de Cameros.

131. Anguciana.

146. Anguiano.

159. Arenzana de Abajo.

162. Arenzana de Arriba.

178. Arnedillo.

197. Arrúbal.

201.Ausejo.

223. Azofra.

239. Badarán.

244. Bañares.

257. Baños de Rioja.

276. Berceo.

282. Bergasa.

295. Bergasillas Bajera.

309. Bezares.

316. Bobadilla.

321. Brieva de Cameros.

337. Briñas.

342. Briones.

355. Cabezón de Cameros.

374. Camprovín.

380. Canales de la Sierra.

393. Canillas de Rio tuerto.

407. Cañas.

414. Cárdenas.

435. Castañares de Rioja.

440. Castroviejo.

453. Cellorigo.

488. Cidamón.

491. Cihuri.

504. Cirueña.

511. Clavijo.

526. Cordovín.

532. Corera.

547. Cornago.

550. Corporales.

563. Cuzcurrita de Río Tirón.

579. Daroca de Rioja.

 585. Enciso.

602. Estollo.

624. Foncea.

630. Fonzaleche.

658. Galbárruli.

661. Galilea.

677.Gallinero de Cameros.

683. Gimileo.

696. Grañón.

700. Grávalos.

722. Herce.

738. Herramélluri.

743. Hervías.

756. Hormilla.

769. Hormilleja.

775. Hornillos de Cameros.

781. Hornos de Moncalvillo.

794. Huércanos.

808. Igea.

815. Jalón de Cameros.

820. Laguna de Cameros.

836. Lagunilla del Jubera.

867. Ledesma de la Cogolla.

873. Leiva.

889. Leza de Río Leza.

913. Lumbreras.

928. Manjarrés.

934. Mansilla de la Sierra.

949. Manzanares de Rioja.

952. Matute.

965. Medrano.

987. Munilla.

1004. Muro de Aguas.

1011. Muro en Cameros.

1032. Nalda.

1047. Navajún.

1063. Nestares.

1079. Nieva de Cameros.

1098. Ochánduri.

1085. Ocón.

1102. Ojacastro.

1119. Ollauri.

1124. Ortigosa de Cameros.

1130. Pazuengos.

1145. Pedroso.

1158. Pinillos.

1183. Pradillo.

1196. Préjano.

1217. Rabanera.

1222. Rasillo de Cameros (El)

1238. Redal (El)

1269. Robres del Castillo.

1275. Rodezno.

1281. Sajazarra.

1308. San Millán de la Cogolla.

1315. San Millán de Yécora.

1320. San Román de Cameros.

1392.San Torcuato

1341. Santa Coloma.

1354. Santa Engracia del Jubera.

1367. Santa Eulalia Bajera.

1406. Santurde de Rioja.

1413. Santurdejo.

1434. Sojuela.

1449. Sorzano.

1452. Sotés.

1465. Soto en Cameros.

1471. Terroba.

1487. Tirgo.

1490. Tobía.

1503. Tormantos.

1531. Torre en Cameros.

1510. Torrecilla en Cameros.

1525. Torrecilla sobre Alesanco

1546. Torremontalbo.

1559. Treviana.

1578. Tricio.

1584. Tudelilla.

1601. Uruñuela.

1618. Valdemadera.

1623. Valgañón.

1639. Ventosa.

1644. Ventrosa.

1657. Viguera.

1660. Villalba de Rioja.

1676. Villalobar de Rioja.

1695. Villanueva de Cameros.

1709. Villar de Arnedo (El).

1716. Villar de Torre.

1721. Villarejo.

1737. Villarroya.

1742. Villarta-Quintana.

1755. Villavelayo.

1768. Villaverde de Rioja.

1774. Villoslada de Cameros.

1780. Viniegra de Abajo.

1793. Viniegra de Arriba.

1807. Zarratón.

1814. Zarzosa.

1835. Zorraquín.

Cumplimentación

Deberá indicar en las casillas habilitadas, la cantidad satisfecha durante el ejercicio con derecho a deducción, e indicar el código del municipio según la anterior relación.