10.3.14. Para contribuyentes que se establezcan como trabajadores por cuenta propia, o autónomos en concejos en riesgo de despoblación
Cuantía
1.000 euros
Si más de un miembro de la unidad familiar cumple los requisitos el importe, en tributación conjunta, se multiplicará por el número de miembros de la unidad familiar con derecho a la deducción.
Requisitos
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Los contribuyentes tienen que tener su residencia habitual en concejos en riesgo de despoblación.
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Los contribuyentes deben iniciar una actividad en el Principado de Asturias como trabajador autónomo o por cuenta propia.
No tendrán tal consideración ni los autónomos colaboradores ni los socios de sociedades mercantiles de capital.
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La deducción se aplicará en el período impositivo en el que se produzca el inicio de la actividad, entendiendo por tal la fecha del alta en la Seguridad Social o en la mutualidad de previsión social correspondiente. El alta habrá de mantenerse durante un período mínimo de un año, salvo fallecimiento.
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No podrán aplicarse la deducción los contribuyentes que en los seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la actividad hubieran cesado en la misma actividad. La fecha de cese será la de la baja en la Seguridad Social o en la mutualidad correspondiente.
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La base imponible no puede ser superior a 35.000 euros en tributación individual ni a 45.000 euros en tributación conjunta.
Cumplimentación
Si tiene derecho a la deducción marcará la casilla habilitada con ese fin.