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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2023

10.7.21. Por arrendamiento de vivienda habitual por familias monoparentales

Cuantía

El padre o la madre que integre una familia monoparental podrá deducirse el 15% de las cantidades satisfechas por el arrendamiento de la vivienda que constituya o vaya a constituir su residencia habitual en Castilla-La Mancha durante el período impositivo, con un máximo de 450 euros.

El concepto de vivienda habitual será el fijado por la normativa reguladora del  IRPF vigente a la fecha de devengo del impuesto

Requisitos y condiciones

  • Que la suma de la base imponible general y la del ahorro del contribuyente menos el mínimo por descendientes no supere la cuantía de 12.500 euros en tributación individual y 25.000 euros en tributación conjunta.

  • Que en la autoliquidación del IRPF se consigne el NIF del arrendador de la vivienda.

  • El límite de esta deducción se prorrateará por el número de días en los que permanezca vigente el arrendamiento dentro del periodo impositivo y, además, cuando dos o más contribuyentes declarantes del impuesto tengan derecho a la aplicación de esta deducción por una misma vivienda, el límite se prorrateará entre ellos a partes iguales.

  • A efectos de esta deducción tendrá la consideración de familia monoparental la formada por la madre o el padre separados legalmente o sin vínculo matrimonial y las hijas e hijos que, de forma exclusiva, convivan y dependan económicamente de una u otro, y que reúnan alguno de los siguientes requisitos:

    • Hijas e hijos menores de edad, con excepción de las/los que, con el consentimiento de los padres, vivan independientes de estos.

    • Hijas e hijos mayores de edad que tengan establecidas alguna de las medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica de acuerdo con la legislación civil.

  • Se entenderá que hay dependencia económica de forma exclusiva, cuando la madre o el padre tenga derecho a la totalidad del mínimo por descendiente respecto de las hijas e hijos que integran la familia monoparental y no perciba anualidades por alimentos por las hijas e hijos.

  • No tendrá la consideración de familia monoparental,a los efectos de esta deducción, la persona viuda o en situación equiparada que hubiere sido condenada, por sentencia firme, por la comisión de un delito doloso de homicidio en cualquiera de sus formas, cuando la víctima fuera su cónyuge o ex-cónyuge o persona que hubiera estado ligada a ella por una análoga relación de afectividad.

Incompatibilidad

Esta deducción es incompatible con las deducciones: "Por familias monoparentales", "Por arrendamiento de vivienda habitual  para contribuyentes menores de 36 años", "Por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago", "Por arrendamiento de vivienda habitual por familias numerosas" y "Por arrendamiento de vivienda habitual por personas con discapacidad".

Cumplimentación

Si, conforme a lo expuesto, tiene derecho a aplicar la deducción consignará el importe satisfecho por el arrendamiento, indicará el número de días en el que el contrato estuvo vigente en el año, el número de personas con derecho a la deducción, el NIF del arrendador o, en su defecto, el Nº de identificación del arrendador en el país de residencia.

El programa trasladará los datos al Anexo B.8 de la declaración.