10.7.22. Por arrendamiento de vivienda habitual por personas con discapacidad
Cuantía
Los contribuyentes que tengan un grado de discapacidad acreditado igual o superior al 65% y tengan derecho a la aplicación el mínimo por discapacidad del contribuyente podrán deducir el 15% de las cantidades satisfechas por el arrendamiento de la vivienda que constituya o vaya a constituir su residencia habitual en Castilla-La Mancha durante el período impositivo, con un máximo de 450 euros.
El concepto de vivienda habitual será el fijado por la normativa reguladora del IRPF vigente a la fecha de devengo del impuesto.
Requistos y condiciones
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Que la suma de la base imponible general y la del ahorro del contribuyente menos el mínimo por descendientes no supere la cuantía de 12.500 euros en tributación individual y 25.000 euros en tributación conjunta.
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Que en la autoliquidación del IRPF se consigne el NIF del arrendador de la vivienda.
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El límite de esta deducción se prorrateará por el número de días en los que permanezca vigente el arrendamiento dentro del periodo impositivo y, además, cuando dos o más contribuyentes declarantes del impuesto tengan derecho a la aplicación de esta deducción por una misma vivienda, el límite se prorrateará entre ellos a partes iguales.
Incompatibilidad
Esta deducción es incompatible con las deducciones: "Por discapacidad del contribuyente", "Por arrendamiento de vivienda habitual para contribuyentes menores de 36 años", "Por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago", "Por arrendamiento de vivienda habitual por familias numerosas"y "Por arrendamiento de vivienda habitual por familias monoparentales".
Cumplimentación
Si, conforme a lo expuesto, tiene derecho a aplicar la deducción consignará el importe satisfecho por el arrendamiento, indicará el número de días en el que el contrato estuvo vigente en el año, el número de personas con derecho a la deducción, el NIF del arrendador o, en su defecto, el Nº de identificación del arrendador en el país de residencia.
El programa trasladará los datos al Anexo B.8 de la declaración.