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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2023

7.3.5.5. Arrendamiento como inmueble accesorio

Se incluirán en este apartado los inmueble arrendados, subarrendados o cedidos a terceros conjuntamente con otro inmueble considerado el objeto principal del arrendamiento, subarrendamiento o cesión, cuando no esté especificada la parte de la contraprestación que corresponda individualmente a cada uno de ellos. (Por ejemplo, plaza de garaje arrendada conjuntamente con una vivienda).

Si el inmueble principal o el accesorio hubiesen tenido el ejercicio otros usos los deberá marcar y reflejar los datos adicionales que se soliciten.

Cumplimentación

Si ha tenido varios inmuebles alquilados conjuntamente con un mismo contrato de arrendamiento marcará en el inmueble principal el uso arrendamiento. El resto de inmuebles se marcarán como inmuebles accesorios.

Para dar al inmueble el uso de arrendamiento accesorio pinchará en el icono que aparece a la derecha de "Si tiene inmuebles acccesorios arrendados, por un único precio, junto a ese inmueble, acceder para seleccionarlos" visualizándose al abrir la ventana los posibles inmuebles accesorios. Para seleccionarlos marcará la casilla de la referencia catastral.

En caso de que el inmueble accesorio hubiese tenido otros usos los seleccionará en esta misma ventana.

Recuerde que en la incorporación sólo se trasladan los datos identificativos de los inmuebles arrendados. Los ingresos y gastos se tienen que cumplimentar en la propia declaración. Para ello puede pinchar "editar" en los inmuebles arrendados y consignar los importes en el apartado de "Información adicional". También puede acceder desde el "pendiente" que aparece en la columna del resumen de declaraciones.

Los ingresos y gastos se reflejarán según lo expuesto para los arrendamientos. No obstante para el cálculo de la amortización deberá diferenciar el inmueble principal (por ejemplo vivienda) que se cumplimentará, en el caso de que no aparezca cuplimentado o que lo deba modificar, en el apartado " Amortización del inmueble" del accesorio (por ejemplo la plaza de garaje) que cumplimentará en la ventana "Amortización de los inmuebles accesorios arrendados junto al inmueble principal".