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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2025

10.15.35. Por cantidades satisfechas en gastos asociados a la práctica del deporte y actividades saludables

Cuantía

El 30% de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo en gastos asociados a la práctica del deporte y actividades saludables.

El porcentaje de deducción será del 50% si el declarante es mayor de 65 años o tiene una discapacidad igual o superior al 33% y del 100% si el declarante es mayor de 75 años o tiene una discapacidad igual o superior al 65%.

El límite de la deducción será, en todos los casos, de 150 euros por contribuyente.

Los desembolsos podrán ir destinados a actividades desarrolladas por el contribuyente, su cónyuge y aquellas personas que den derecho a la aplicación de los mínimos familiares por descendientes y ascendientes.

Requisitos y condiciones

  • Que la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro no sea superior a 60.000 euros en tributación individual y a 78.000 euros en tributación conjunta.

    El límite de deducción se aplicará a los contribuyentes cuya suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro sea inferior a 54.000 euros, en tributación individual, o inferior a 72.000 euros, en tributación conjunta.

    Cuando la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro del contribuyente esté comprendida entre 54.000 y 60.000 euros, en tributación individual, o entre 72.000 y 78.000 euros, en tributación conjunta, el importe del límite de deducción será el siguiente:

    1. En tributación individual el resultado de multiplicar el límite de deducción por un porcentaje obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula: 100 X (1 – el coeficiente resultante de dividir por 6.000 la diferencia entre la suma de la base liquidable general y del ahorro del contribuyente y 54.000).

    2. En tributación conjunta, el resultado de multiplicar el límite de deducción por un porcentaje obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula: 100 X (1 – el coeficiente resultante de dividir por 6.000 la diferencia entre la suma de la base liquidable general y del ahorro del contribuyente y 72.000).

  • Darán derecho las cantidades satisfechas en concepto de:

    • Cuotas de pertenencia o adhesión satisfechas a gimnasios, clubes deportivos, federaciones deportivas, grupos de recreación deportiva, secciones deportivas o de recreación deportiva de otras entidades no deportivas, agrupaciones de recreación deportiva, asociaciones de federaciones y sociedades anónimas deportivas.

    • Adquisición del equipamiento obligatorio para la práctica del deporte federado.

    • Servicios personales  de entrenamiento prestados por técnicos y entrenadores deportivos.

    • Servicios personales prestados por traumatólogos, dietistas-nutricionistas, fisioterapeutas, podólogos o técnicos superiores en Dietética.

  • Que se puedan acreditar las adquisiciones de bienes o servicios mediante la correspondiente factura y el pago se realice mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito.

  • Cuando dos contribuyentes declarantes tengan derecho a la aplicación de esta deducción por corresponder a gastos relacionados con otras personas, la base de la deducción se prorrateará entre ellos por partes iguales.

Cumplimentación

Consignará por cada vendedor o prestador del servicio el importe anual satisfecho que corresponda a gastos por actividades desarrolladas por el contribuyente, su cónyuge y aquellas personas que den derecho a aplicar el mínimo familiar por descendientes y ascendientes y el NIF del vendedor o prestador del servicio.

Cuando haya más de un contribuyente declarante con derecho a aplicar la deducción por corresponder a gastos relacionados con otras personas, el importe del gasto se prorrateará por partes iguales.

El programa trasladará los datos al Anexo B.14 de la declaración.

En el caso de que ya hubiera presentado la declaración sin incluir el importe de esta deducción deberá modificar la declaración presentada lo que generará un menor importe a ingresar o una mayor devolución. Puede obtener más información sobre la forma de presentar esta modificación en: Modificar una declaración ya presentada 2025.