2.7.3.13 Tipo gravamen reducido para entidades de nueva creación (DT 22ª LIS)
Deberán marcar esta clave las entidades de nueva creación constituidas entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2014, que realicen actividades económicas, y que según lo establecido en la disposición transitoria vigésima segunda de la LIS tributarán de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimonovena del RDLeg. 4/2004.
La disposición adicional decimonovena del RDLeg. 4/2004 establecía que las entidades de nueva creación, constituidas a partir de 1 de enero de 2013, que realicen actividades económicas tributarán, en el primer período impositivo en que la base imponible resulte positiva y en el siguiente, con arreglo a la siguiente escala, excepto si, de acuerdo con lo previsto en el artículo 28 de dicha norma, deban tributar a un tipo inferior:
- la parte de base imponible comprendida entre 0 y 300.000 euros al tipo del 15%.
- la parte de base imponible restante, al tipo del 20%.