4. Liquidación (I) y (II)
Correcciones al resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias
En esta pantalla se consignará el importe de las correcciones que aparecen en la misma que haya que efectuar sobre el resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias para obtener la base imponible del período impositivo objeto de declaración.
Cualquier corrección al resultado contable que no tenga un campo específico para su inclusión, se incluirá en los campos "Otras correcciones", en aumentos o disminuciones, según corresponda.
La inclusión de los importes de las correcciones, en sus campos correspondientes, debe realizarse sin signo.