11.9 Contribuyentes por el impuesto sobre la renta de no residentes (establecimientos permanentes)
En la regulación actual de la tributación de las rentas obtenidas en España por los contribuyentes del Impuesto de la Renta de no Residentes mediante establecimiento permanente, contenida en el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (LIRNR), aprobado por el RDLeg. 5/2004, de 5 de marzo, la remisión a la Ley del Impuesto sobre Sociedades es constante, por lo que se ha considerado conveniente que los citados contribuyentes utilicen los mismos modelos de declaración que los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
Por otra parte, de acuerdo con la vigente regulación del régimen de atribución de rentas, las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, es decir, las que desarrollen en dicho territorio una actividad económica, tienen el carácter de contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, constituyendo la base imponible la parte de renta obtenida en territorio español que resulte atribuible a los miembros no residentes de la entidad.