3. Importaciones de bienes de menos de 150 euros
Para cada Estado miembro de consumo al que llegan los bienes cuya expedición o transporte se haya iniciado en un país o terriotrio tercero, se deberán rellenar los siguientes datos:
Código País EM de consumo, el Tipo de IVA para ese EM de consumo y la Base imponible en euros.
Estas entregas de bienes importados se declaran independientemente de si el sujeto pasivo dispone o no de establecimiento permanente en el Estado miembro de llegada de los bienes. Esto es, si el declarante realiza entregas de bienes expedidos o transportados desde un país o territorio tercero a España u otros Estados Miembros de consumo en los que disponga de establecimiento permanente, estas entregas también se deberán incluir en este apartado.