6. Entregas de bienes expedidos o transportados desde otros EM distintos de España
En relación a cada país distinto de España desde el que se expiden o transportan bienes se deberá consignar el Código del país de envío así como el NIVA/otro código de identificativo fiscal si se dispone de él ( en caso de no disponerse de NIVA/otro código identificativo fiscal en el país de envío no se rellenará este campo).
Por cada País de envío y para cada Estado miembro de consumo al que llegan los bienes se deberán rellenar los siguientes datos:
Código País EM de consumo, el Tipo de IVA para ese EM de consumo y la Base imponible en euros.
Estas entregas se declaran independientemente de si el sujeto pasivo dispone o no de establecimiento permanente en el Estado miembro de llegada de los bienes. Esto es, si el declarante realiza entregas de bienes expedidos o transportados desde un EM (País de envío) al Estado miembro donde radica su sede de actividad (España) o un establecimiento permanente (EM de consumo), estas entregas también se deberán incluir en este apartado.
Además, si el declarante es una interfaz electrónica que es considerada sujeto pasivo de las entregas de bienes porque el vendedor de las mismas no está establecido en la Comunidad, también se deberán incluir en este apartado las entregas nacionales de bienes, es decir, aquellas cuyo Estado miembro de consumo sea el país de envío (el transporte empieza y finaliza en el mismo EM distinto de España).