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Patrimonio 2017

4.2.15. O) Derechos derivados de la propiedad intelectual e industrial

En este apartado deben de declararse los derechos derivados de la Propiedad Intelectual e Industrial adquiridos a terceros cuya titularidad corresponda al declarante, y que no se encuentren afectos al desarrollo de actividades económicas, en cuyo caso deberán declararse en el apartado "C. Bienes y derechos afectos a actividades empresariales y profesionales".

Valoración

Los derechos derivados de la Propiedad Intelectual e Industrial no afectos deben valorarse por su valor de adquisición.