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Manual de actividades económicas. Obligaciones fiscales de empresarios y profesionales residentes en territorio español

3.5.1 A quién se aplica

Se aplica a los empresarios y profesionales cuando concurran las siguientes circunstancias:

  1. Que sus actividades no estén acogidas al método de estimación objetiva, así como que ninguna actividad ejercida se encuentre en la modalidad normal del método de estimación directa.

  2. Que, en el año anterior, el importe neto de la cifra de negocios para el conjunto de actividades desarrolladas no supere los 600.000 €. Cuando en el año inmediato anterior se hubiese iniciado la actividad, el importe neto de la cifra de negocios se elevará al año.

  3. Que no se haya renunciado a su aplicación.