4.5 Bonificaciones
Para calcular la cuota íntegra ajustada positiva se aplican sobre la cuota íntegra las siguientes bonificaciones (con requisitos), además de las mencionadas deducciones para evitar la doble imposición.
Se destacan:
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50% de bonificación de la cuota del IS correspondiente a rentas obtenidas en Ceuta, Melilla, por las entidades que allí operen.
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50% de bonificación de la cuota del IS correspondiente a resultados obtenidos por las cooperativas especialmente protegidas.
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40% de bonificación de la cuota íntegra correspondiente a las rentas derivadas del arrendamiento de viviendas que cumplan los requisitos exigidos para aplicar este régimen fiscal especial.
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99% de bonificación de la cuota íntegra correspondiente a las rentas derivadas de la prestación de servicios públicos locales cuando se presten en régimen de gestión directa mediante empresa privada de capital íntegramente público y salvo que se explote por sistema de empresa mixta o de capital íntegramente privado.