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Manual de actividades económicas. Obligaciones fiscales de empresarios y profesionales residentes en territorio español

4.8 Pagos fraccionados

Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades tienen la obligación de efectuar un pago fraccionado para obtener la cuota diferencial. Esto es, un pago a cuenta de la liquidación del Impuesto sobre Sociedades, correspondiente al período impositivo que esté en curso el día 1 de los meses de abril, octubre y diciembre, a realizar entre el 1 y el 20 de los meses citados. El pago fraccionado tiene la consideración de deuda tributaria.

No deben efectuar pagos fraccionados ni estarán obligadas a presentar la correspondiente declaración las entidades que tributen al tipo del 1% y al 0% de acuerdo con el artículo 29 apartados 4 y 5 de la LIS.

La sociedad limitada nueva empresa no tendrá la obligación de efectuar los pagos fraccionados a cuenta de las liquidaciones correspondientes a los dos primeros períodos impositivos concluidos desde su constitución.

  1. 4.8.1 Modalidades de pagos fraccionados
  2. 4.8.2 Modelos de pagos fraccionados
  3. 4.8.3 Forma de presentación
  4. 4.8.4 Plazo de presentación