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Manual de actividades económicas. Obligaciones fiscales de empresarios y profesionales residentes en territorio español

7.4 Retenciones del capital mobiliario. Modelos 123 y 193

Están obligadas a retener o ingresar a cuenta las personas físicas, jurídicas y demás entidades incluidas las administraciones públicas que satisfagan rendimientos del capital mobiliario.

Las retenciones correspondientes a cada mes o trimestre, se ingresarán presentando el modelo 123.

Además, se presentará un resumen de las cantidades abonadas y retenidas por este tipo de rendimientos durante el ejercicio, en el modelo 193, excepto:

  • Los derivados de cuentas en toda clase de instituciones financieras, incluyendo las basadas en operaciones sobre activos financieros: modelo 196.

  • Los obtenidos por la transmisión, reembolso o amortizaciones activos financieros: modelo 194.

  • Los procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguro de vida o invalidez: modelo 188.