Premios literarios, artísticos o científicos relevantes declarados exentos por la Administración tributaria y premios Princesa de Asturias
Normativa: Arts. 7.l) Ley IRPF y 3 Reglamento del IRPF. Orden EHA/3525/2008, de 20 de noviembre, por la que se establece el procedimiento para la declaración de la exención del IRPF de determinados premios literarios, artísticos o científicos (BOE de 5 de diciembre).
La exención de los premios literarios, artísitcos o científicos relevantes deberá haber sido declarada de forma expresa por el Director del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (Art. 3 del Reglamento del IRPF).
La declaración de la exención tendrá validez para sucesivas convocatorias siempre que éstas no modifiquen los términos que hubieran sido tomados a efectos de conceder la exención. Si en las sucesivas convocatorias se modificasen dichos términos, o se incumpliese alguno de los requisitos exigidos para su aplicación se declarará la pérdida del derecho a su aplicación.
También se declaran exentos los premios "Princesa de Asturias", en sus distintas modalidades, otorgados por la Fundación Princesa de Asturias.
La relación de premios literarios, artísticos o científicos declarados exentos por la Agencia Tributaria puede ser consultada en la página https://sede.agenciatributaria.gob.es.