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Manual práctico de Renta 2019.

Delimitación positiva del hecho imponible

Normativa: Art. 6 Ley IRPF

Constituye el hecho imponible del IRPF la obtención de renta por el contribuyente cuyos componentes son los siguientes:

  1. Los rendimientos del trabajo.
  2. Los rendimientos del capital.
  3. Los rendimientos de las actividades económicas.
  4. Las ganancias y pérdidas patrimoniales.
  5. Las imputaciones de renta establecidas por ley.

No obstante, a efectos de la determinación de la base imponible y del cálculo del IRPF, la renta se clasifica en general y del ahorro.

Por expresa disposición legal, se presumen retribuidas, salvo prueba en contrario, las prestaciones de bienes, derechos o servicios susceptibles de generar rendimientos del trabajo o del capital.