Primas de seguros
En general
Cantidades satisfechas en concepto de primas de seguros, excepto las que se refieren al personal de la empresa.
Especialidades en el IRPF de los gastos por primas de seguro de enfermedad del contribuyente y su familia
Normativa: Art. 30.2.5ª.a) Ley IRPF
Sin perjuicio de lo anterior ha de tenerse en cuenta a efectos de determinar las cantidades deducibles por este concepto la siguiente regla especial del IRPF por gastos por primas de seguro de enfermedad que comentamos a continuación.
De acuerdo con el artículo 30.2.5ª.a) de la Ley del IRPF tienen la consideración de gasto deducible para la determinación del rendimiento neto en estimación directa, las primas de seguro de enfermedad satisfechas por el contribuyente en la parte correspondiente a su propia cobertura y a la de su cónyuge e hijos menores de veinticinco años que convivan con él.
El límite máximo de deducción será de:
- 500 euros por cada una de las personas señaladas anteriormente
- 1.500 euros por cada una de ellas con discapacidad