5. Primas satisfechas a seguros privados que cubran exclusivamente el riesgo de dependencia severa o de gran dependencia
Pueden ser objeto de reducción las primas satisfechas a los seguros privados que cubran exclusivamente el riesgo de dependencia severa o de gran dependencia conforme a lo dispuesto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (BOE del 15).
Ámbito subjetivo
Dan derecho a reducir la base imponible general del IRPF las primas satisfechas por:
- El propio contribuyente.
- Las personas que tengan con el contribuyente una relación de parentesco, en línea directa o colateral hasta el tercer grado inclusive.
- El cónyuge del contribuyente.
- Las personas que tuviesen al contribuyente a su cargo en régimen de tutela o acogimiento.
Las primas satisfechas por las personas a que se refieren las letras b), c) y d) anteriores no están sujetas al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Ámbito objetivo
Los mencionados seguros privados deberán cumplir en todo caso los siguientes requisitos:
- El contribuyente deberá ser el tomador, asegurado y beneficiario. No obstante. en el caso de fallecimiento podrá generar derecho a prestaciones en los términos previstos en la normativa reguladora de los planes y fondos de pensiones.
- El seguro tendrá obligatoriamente que ofrecer una garantía de interés y utilizar técnicas actuariales.