Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Los contribuyentes que en 2020 hayan tenido su residencia habitual en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha podrán aplicar las siguientes deducciones autonómicas:
- Por nacimiento o adopción de hijos
- Por familia numerosa
- Por gastos en la adquisición de libros de texto y por la enseñanza de idiomas
- Por discapacidad del contribuyente
- Por discapacidad de ascendientes o descendientes
- Para contribuyentes mayores de 75 años
- Por el cuidado de ascendientes mayores de 75 años
- Por acogimiento familiar no remunerado de menores
- Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años o con discapacidad
- Por arrendamiento de vivienda habitual por menores de 36 años
- Por cantidades donadas para la cooperación internacional al desarrollo y a las entidades para la lucha contra la pobreza, la exclusión social y la ayuda a personas con discapacidad
- Por donaciones con finalidad en investigación y desarrollo científico e innovación empresarial
- Por donaciones de bienes culturales y contribuciones a favor de la conservación, reparación y restauración de bienes pertenecientes al patrimonio cultural de Castilla-La Mancha, y para fines culturales, incluidos en el plan de mecenazgo cultural de Castilla-La Mancha