Cuestiones generales
Cuando las deducciones que proceda regularizar en la declaración correspondiente al presente ejercicio se hubieran practicado en declaraciones de diferentes ejercicios, los intereses de demora deberán determinarse por separado respecto de las cantidades deducidas en cada declaración, trasladando posteriormente la suma a la casilla que corresponda de las reflejadas en la declaración con los números [0573], [0576], [0578] y [0581].
- Si las declaraciones en que se hubieran practicado las mencionadas deducciones resultaron a ingresar, los intereses de demora correspondientes a las cantidades deducidas en cada una de ellas se determinarán en función del tiempo transcurrido entre la fecha de vencimiento del plazo de declaración del ejercicio de que se trate y la fecha en que se presente la declaración del ejercicio 2020.
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Si como resultado de la declaración en la que se practicaron las deducciones que ahora se restituyen se obtuvo una devolución, el período de demora se computará desde el día siguiente a la fecha en que ésta se hubiera percibido hasta la fecha de presentación de la declaración del ejercicio 2020.