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Manual práctico de Renta 2020.

Ejemplo 4. Deducción por familia numerosa con cesión del derecho y abono anticipado

Matrimonio formado don R.P.G. y doña M.G.B., ambos han trabajado en 2020. El como funcionario de un Ministerio, con un descuento por cuotas a MUFACE por un importe anual de 527 euros. Ella desarrollo una actividad profesional habiendo estado dado de alta durante todos los meses del año en el Régimen Especial de trabajadores autónomos, por el que cotizó por un importe anual de 2.100 euros.

El matrimonio tiene cuatro hijos de 20, 18, 15 y 13 años, respectivamente, dedicados en 2020 a sus estudios y está en posesión del título de familia numerosa de categoría general.

Determinar el importe de la deducción por familia numerosa correspondiente ejercicio 2020 y el resultado de su declaración, teniendo en cuenta que don R.P.G cedió al otro progenitor su derecho a la deducción, que solicitaron en marzo de forma colectiva el abono anticipado y que la cuota diferencial IRPF de dona M.G.B. ha sido en el año 2020 de 300 euros.

Solución:

Declaración de la contribuyente doña M.G.B.

Nota previa: Don R.P.G. no deberá consignar nada en su declaración de IRPF en las casillas relativas a la deducción por familia numerosa por haber cedido su derecho en el momento de solicitar el abono anticipado de forma colectiva.

Cuota diferencial: + 300

Deducción familia numerosa

1. Por familia numerosa de categoría general: (1)

  • Numero de meses de cumplimiento de los requisitos: 12 meses
  • Importe de la deducción = -1.200
  • Límite de la deducción (1.200 euros) (2)

2. Incremento por los hijos que, formando parte de la familia numerosa, exceden del número mínimo de hijos exigido para ser familia numerosa de categoría general:

  • Número de hijos que exceden del mínimo: 1 hijo (3)
  • Número de meses de cumplimiento de los requisitos: 12 meses
  • Incremento de la deducción = -600,00 (4)

3. Total deducción por familia numerosa (1.200 + 600) = -1.800

Abono anticipado

1. Por familia numerosa de categoría general: (5)

  • Numero de meses que ha percibido el abono anticipado: 10 meses
  • Importe del abono anticipado de la deducción (10 meses x 100 euros) = +1.000

2. Incremento por los hijos que, formando parte de la familia numerosa, exceden del número mínimo de hijos exigido para ser familia numerosa de categoría general: (6)

  • Numero de meses que ha percibido el abono anticipado: 10 meses
  • Importe del abono anticipado de la deducción (10 meses x 50 euros) = +500

3. Total abono anticipado (1000 + 500) = -1.500

Diferencia (deducción 1.800 − abono anticipado 1.500) = -300

Resultado de la declaración (300 − 300)= 0

Notas al ejemplo:

(1) Como consecuencia de la cesión se computaran los meses en que cualquiera de los contribuyentes que tuvieran derecho a la deducción cumpla los requisitos (en este caso 12 meses) y dona M.G.B. aplicara íntegramente en su declaración de IRPF de 2020 el importe de la deducción que corresponda y la totalidad del pago anticipado percibido. Volver

(2) Al haber cesión se tienen en cuenta de forma conjunta las cotizaciones y cuotas totales a la Seguridad Social y Mutualidades correspondientes a los dos progenitores (2.100 + 527 = 2.627). Al ser superior el importe de las cotizaciones y cuotas totales a la Seguridad Social y a MUFACE la cuantía máxima de la deducción prevalece esta última. Volver

(3) Con arreglo al artículo 2 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, en este caso, el mínimo de hijos exigido para ser familia numerosa de categoría general son 3. Al tener 4 hijos que han formado parte de la familia numerosa durante 2020, el exceso será de 1 hijo. Volver

(4) En la medida en que el importe total de dicha deducción (hasta 600 euros por cada uno de los hijos) se aplica proporcionalmente al número de meses en que se cumplan los requisitos, el importe y límite en este caso es de 600 euros.

Por otra parte, este incremento, como establece el artículo 81 bis de la Ley del IRPF no se tendrá en cuenta a efectos del límite del importe de las cotizaciones y cuotas satisfechas a la Seguridad Social y Mutualidades de carácter alternativo devengadas en cada periodo impositivo. Volver

(5) Se ha percibido el pago anticipado desde marzo a diciembre (1.000 euros). Este importe se considerará obtenido por el contribuyente en cuyo favor se hubiera cedido la deducción. Volver

(6) Para el abono anticipado del incremento, al tratarse en este caso de una solicitud colectiva, la deducción anticipada se incrementó en 50 euros mensuales por el hijo que excede del número mínimo de hijos exigido para que dicha familia haya adquirido la condición de familia numerosa de categoría general.

Señalar, además, que conforme expone la Orden HAC/763/2018, de 10 de julio (BOE del 18), al tener en cuenta la información de que dispone la Agencia Tributaria en virtud de lo dispuesto en el artículo 60 bis.6 del Reglamento del IRPF, no será necesario que los contribuyentes que soliciten el abono del pago anticipado de la deducción por familia numerosa, aporten información adicional, ya que la Agencia Tributaria será la que calcule el incremento de esta deducción que corresponda por cada hijo que excede del número mínimo de hijos exigido para que dicha familia haya adquirido la condición de familia numerosa de categoría general o especial y proceda, junto con el importe de la deducción por familia numerosa, a su abono anticipado. Volver