Cuadros: Métodos y modalidades de determinación del rendimiento neto de actividades económicas: estimación objetiva
Ámbito de aplicación |
Empresarios y profesionales en los que concurran:
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Determinación del rendimiento neto |
ACTIVIDADES DISTINTAS DE LAS AGRÍCOLAS, GANADERAS Y FORESTALES Nº unidades de los módulos No se computan como periodo en el que se hubiera ejercido la actividad para el cálculo de las unidades: - Los días del primer semestre de 2020 en los que estuvo declarado el estado de alarma, y - Los días del segundo semestre de 2020 en que se hubiera visto suspendida la actividad por las medidas adoptadas para corregir la situación epidemiológica derivada del SARS-CoV-2. En particular: Para la cuantificación de los módulos "personal asalariado" y "personal no asalariado", en su caso, no se computarán como horas trabajadas las correspondientes a los días indicados antes. Para la cuantificación de los módulos "distancia recorrida" y "consumo de energía eléctrica" no se computarán los kilómetros recorridos ni los kilovatios/hora que proporcionalmente correspondan a los días indicados antes. (x) Rendimiento anual por unidad (=) Rendimiento neto previo (-) Minoraciones por incentivos al empleo y a la inversión (=) Rendimiento neto minorado (x) Índices correctores (=) Rendimiento neto de módulos (-) Reducción general (20% o 30% para actividades vinculadas al sector turístico, la hostelería y el comercio) (-) Reducción especial Lorca (20%) (-) Gastos extraordinarios (+) Otras percepciones empresariales (=) Rendimiento neto de la actividad (-) Reducción (30%) con una base reducción máxima de 300.000 euros
Régimen transitorio: aplicación de esta reducción a rendimiento que vinieran percibiéndose de forma fraccionada con anterioridad a 01-01-2015. (-) Reducción para contribuyentes con rentas totales inferiores a 12.000 euros incluidas las de la actividad (=) Rendimiento neto reducido |
ACTIVIDADES AGRÍCOLAS, GANADERAS Y FORESTALES Volumen total de ingresos (x) Índice de rendimiento neto (=) Rendimiento neto previo (-) Amortización del inmovilizado material e intangible (excluidas actividades forestales) (=) Rendimiento neto minorado (x) Índices correctores (=) Rendimiento neto de módulos (-) Reducción general (20%) (-) Reducción agricultores jóvenes (-) Gastos extraordinarios (=) Rendimiento neto de la actividad (-) Reducción (30%) con una base reducción máxima de 300.000 euros.
Régimen transitorio: aplicación de esta reducción a rendimiento que vinieran percibiéndose de forma fraccionada con anterioridad a 01-01-2015. (-) Reducción para contribuyentes con rentas totales inferiores a 12.000 euros incluidas las de la actividad (=) Rendimiento neto reducido |
Obligaciones registrales |
Facturas emitidas, facturas recibidas y justificantes documentales. Si se practican amortizaciones: – Libro registro de bienes de inversión Para las actividades cuyo rendimiento neto se fija en función del volumen de operaciones (agrícolas, ganaderas, forestales y de transformación de productos naturales): – Libro registro de ventas e ingresos |