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Manual práctico de Renta 2020.

Introducción: esquema

Normativa: Véanse el Anexo I y las instrucciones para la aplicación de los signos, índices o módulos en el IRPF contenidas en el mismo de la Orden HAC/1164/2019, de 22 de noviembre (BOE del 30).

El rendimiento neto es el resultante de la suma de los rendimientos netos que correspondan a cada una de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales desarrolladas por el contribuyente.

El rendimiento neto correspondiente a cada actividad debe obtenerse efectuando de forma sucesiva las operaciones que esquemáticamente se indican a continuación:

Fase 1ª

INGRESOS ÍNTEGROS (incluidas subvenciones, indemnizaciones y ayuda pac pago único)

(×) ÍNDICE DE RENDIMIENTO NETO

(*) Cuando el perceptor de la ayuda directa de pago único de la PAC no haya obtenido ingresos por actividades agrícolas o ganaderas el índice de rendimiento neto a aplicar es el 0,56.

= RENDIMIENTO NETO PREVIO

Fase 2ª

(−) AMORTIZACIÓN DEL INMOVILIZADO MATERIAL E INTANGIBLE (excluidas actividades forestales)

= RENDIMIENTO NETO MINORADO

Fase 3ª

(×) ÍNDICES CORRECTORES (en función del tipo de actividad y determinadas circunstancias)

= RENDIMIENTO NETO DE MÓDULOS

Fase 4ª

(−) REDUCCIÓN DE CARÁCTER GENERAL: 20 POR 100

(−) REDUCCIÓN AGRICULTORES JÓVENES: 25 POR 100

(−) GASTOS EXTRAORDINARIOS POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES (incendios, inundaciones, hundimientos, etc, , comunicadas a la AEAT en tiempo y forma)

= RENDIMIENTO NETO DE LA ACTIVIDAD

Fase 5ª

(−) REDUCCIÓN POR IRREGULARIDAD: 30 POR 100 (Reducciones de rendimientos generados en más de 2 años u obtenidos de forma notoriamente irregular)

= RENDIMIENTO NETO REDUCIDO DE LA ACTIVIDAD