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Manual práctico de Renta 2021.

Deducciones por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas

Normativa: Disposición adicional quincuagésima Ley IRPF

El Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, ha modificado la Ley del IRPF para introducir tres nuevas deducciones temporales en la cuota íntegra estatal que son aplicables sobre las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética de la vivienda habitual o arrendada y en los edificios residenciales, acreditadas a través del certificado de eficiencia energética.

Atención: el importe de estas deducciones se restará de la cuota íntegra estatal después de las deducciones previstas en los apartados 1 (Deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación), 2 (Deducciones en actividades económicas), 3 (Deducciones por donativos y otras aportaciones), 4 (Deducción por rentas obtenidas en Ceuta o Melilla), y 5 (Deducción por actuaciones para la protección y difusión del Patrimonio Histórico Español y de las ciudades, conjuntos y bienes declarados Patrimonio Mundial) del artículo 68 de la Ley del IRPF.

Estas deducciones son:

  1. 1. Deducción por obras de mejora para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración
  2. 2. Deducción por obras de mejora que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable
  3. 3. Deducción por obras de rehabilitación energética de edificios de uso predominante residencial
  4. Cuadro-Resumen: Deducciones por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas