Para familias monoparentales
Normativa: Art. 2.9 Texto Refundido de la Ley de Medidas Fiscales en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio, por la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Cuantía de la deducción
200 euros anuales para el titular de la familia monoparental.
En los casos de separación legal o cuando no existiera vínculo matrimonial, tendrá la consideración de familia monoparental la formada por la madre o el padre y los hijos que convivan con una u otro y que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
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Hijos menores de edad, con excepción de los que, con el consentimiento de los padres, vivan independientes de estos.
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Hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
Requisitos para la aplicación de la deducción:
Que la suma de base liquidable general y la base liquidable del ahorro, suma de las casillas [0500] y [0510] de la declaración, minorado en el mínimo personal y familiar, casilla [0520], sea inferior a 31.485 euros.