Por traslado de vivienda habitual
Atención: Esta deducción NO es aplicable a los contribuyentes fallecidos antes del 1 de junio de 2021.
Normativa: Art. 12 quater y disposición adicional segunda de la Ley 8/2013, de 21 de noviembre, de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, de Medidas Tributarias.
Cuantía y límites de la deducción
-
500 euros por los gastos ocasionados al trasladar la residencia habitual
Este importe se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente.
Importante: los contribuyentes que trasladaron su residencia en 2020 a zonas escasamente pobladas de Castilla-La Mancha por motivos laborales pueden aplicar esta deducción en 2021, por ser el período impositivo siguiente a aquél en que se produjo el cambio de residencia, siempre y cuando se cumplan los restantes requisitos y condiciones exigidos para su aplicación, incluidos los límites de base liquidables (22.946 euros en tributación individual o 31.485 euros en tributación conjunta ) señalados en el apartado “Requisitos para la aplicación de la deducción”.
-
Límite: el importe de la deducción no podrá exceder de la parte autonómica de la cuota íntegra procedente de los rendimientos del trabajo y de las actividades económicas del ejercicio en que resulte aplicable la deducción.
En el caso de que ambos cónyuges generen derecho a la deducción, en tributación conjunta, el límite máximo de la deducción es único para la declaración en su conjunto por lo que su determinación se hará tomando en consideración el conjunto de los rendimientos del trabajo y de actividades económicas obtenidos por ambos cónyuges y se aplicará al importe total de la deducción que de acuerdo con lo que exponemos en el punto siguiente será 500 euros por cada contribuyente (por tanto, 1.000 euros en tributación conjunta)
-
En el supuesto de tributación conjunta, la deducción de 500 euros se aplicará, en cada uno de los periodos impositivos en que sea aplicable la deducción, por cada uno de los contribuyentes que traslade su residencia en los términos anteriormente comentados, con el límite de la parte autonómica de la cuota íntegra procedente de rendimientos del trabajo y de actividades económicas que corresponda a los contribuyentes que generen derecho a la aplicación de la deducción.
Requisitos para la aplicación de la deducción
-
El traslado de la residencia habitual debe producirse por motivos laborales.
Siempre que el traslado se produzca por motivos laborales, la deducción será aplicable tanto a los trabajadores por cuenta ajena como a los empresarios o profesionales autónomos
-
El traslado de la residencia habitual debe realizarse a un municipio de Castilla-La Mancha de los incluidos en las zonas escasamente pobladas a que se refiere el artículo 12 de la Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha,
Conforme al artículo 12 de la Ley 2/2021 se clasificarán como zonas escasamente pobladas, aquellas agrupaciones de municipios o núcleos de población integradas mayoritariamente por municipios de pequeño tamaño, con una densidad conjunta de población de menos de 12,5 habitantes por km2, altas tasas de envejecimiento y pérdidas intensas de población, con un importante aislamiento geográfico con respecto a municipios de más de 30.000 habitantes, un alto porcentaje de suelo de uso forestal, y una elevada significación de la actividad agraria.En consideración al grado de despoblación, se establecen las siguientes categorías de zonas escasamente pobladas:
a) Zonas de intensa despoblación: Aquellas agrupaciones de municipios con densidad superior a 8 habitantes por km2.
b) Zonas de extrema despoblación: Aquellas agrupaciones de municipios con densidad de población menor de 8 habitantes por km2.
Atención: para la aplicación de esta deducción se tomará como población de los municipios la que, conforme a su respectivo padrón municipal, tuvieran a 1 de enero de cada año.
A los efectos indicados en el párrafo anterior no se tomarán en consideración las variaciones de población respecto al padrón municipal de 2021 que supongan una minoración o inaplicación de las deducciones que conforme al mismo resultasen procedentes. En tales casos, dichas deducciones podrán seguir aplicándose en las condiciones y cuantías que resultasen procedentes conforme a la población del expresado padrón municipal.
Relación de Zonas escasamente pobladas
Véase el Decreto 108/2021, de 19 de octubre, por el que se determinan las zonas rurales de Castilla-La Mancha, conforme a la tipología establecida en el artículo 11 de la Ley 2/2021 de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha (BOCL 25-10-2021)
-
La base liquidable del periodo impositivo en el que se hubieran comenzado a aplicar las deducciones aludidas en el punto anterior, deberá ser inferior a:
-
Para consolidar el derecho a la deducción, es preciso que el contribuyente permanezca en la nueva residencia habitual durante el año en que se produce el traslado y los tres siguientes.
Pérdida del derecho a la deducción practicada
El incumplimiento de cualquiera de los requisitos anteriores dará lugar a la devolución de las cantidades deducidas de la cuota íntegra autonómica del ejercicio en que se produzca el incumplimiento, con los correspondientes intereses de demora.
Se excepciona de la pérdida del derecho a la deducción practicada los supuestos en los que el incumplimiento sea debido al fallecimiento del contribuyente