Saltar al contenido principal
Manual práctico de Renta 2022.

Módulo "Asientos"

Normativa: Instrucción 2.1.12ª para la aplicación de los signos, índices o módulos en el IRPF del anexo II Orden HFP/1335/2021, de 1 de diciembre (BOE de 2 de diciembre).

En las actividades de transporte urbano colectivo y de viajeros por carretera, se entenderá por "asientos" el número de unidades que figura en la Tarjeta de Inspección Técnica del vehículo, excluidos el del conductor y el del guía.

Vehículos adaptados específicamente para transporte escolar. El cómputo de unidades del módulo asiento de estos vehículos deberá efectuarse por el número equivalente de asientos de personas adultas. A estos efectos, se considerará que cada tres asientos para niños menores de 14 años equivalen a dos asientos de personas adultas.