Ejemplo: Minoración por incentivos al empleo
Don A.A.A. desarrolla la actividad de restaurante de dos tenedores, epígrafe 671.4 del IAE .
Durante el ejercicio 2021, trabajaron en la actividad 3 empleados con contrato fijo y a jornada completa, cada uno de los cuales como consecuencia del cierre de actividad por la declaración del estado de alarma totalizó 1.300 horas/año. En el mes de junio, se contrató por un período de 6 meses un aprendiz que totalizó 600 horas de trabajo.
En el ejercicio 2022 la situación de la plantilla ha sido la siguiente:
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Permanecen en la empresa los 3 empleados con contrato fijo, realizando la misma jornada laboral anual que en el año anterior. No obstante, como consecuencia de las limitaciones de aforo decretadas en la Comunidad Autónoma, las horas de trabajo efectivo han sido 1.500 horas/año por cada persona empleada.
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El 2 de enero, se contrató por tiempo indefinido a un trabajador que totalizó 1.500 horas/año.
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El día 1 de agosto, se contrataron temporalmente por un período de 6 meses a 2 nuevas personas, cada uno de los cuales totalizó 600 horas/año de trabajo.
Determinar la minoración por incentivos al empleo correspondiente al ejercicio 2022, suponiendo que el número de horas anuales establecidas en el correspondiente convenio colectivo es de 1.800.
Solución:
1. Determinación del coeficiente por incremento del número de personas asalariadas.
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Incremento del número de personas asalariadas en 2022 respecto de 2021 en términos absolutos:
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Personas asalariadas en el año 2021: 4 personas
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Personas asalariadas en el año 2022: 6 personas
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Incremento del número de personas asalariadas: 2 personas
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Incremento del número de unidades del módulo "personal asalariado" en 2022 respecto de 2021:
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Número de unidades del módulo "personal asalariado" en 2021.
(3 x 1.300/1.800) + (60% s/600/1.800) = 2,17 + 0,2 = 2,37 personas
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Número de unidades del módulo "personal asalariado" en 2022
(4 x 1.500/1.800) + (2 x 600/1.800) = 3,33 + 0,67 = 4 personas
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Incremento del número de unidades: 4 – 2,37 = 1,63 personas
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Al cumplirse ambos requisitos, la diferencia positiva entre el número de unidades del módulo "personal asalariado" de 2022 respecto de 2021 se multiplicará por 0,40.
Coeficiente por incremento del número de personas asalariadas: 0,40 x 1,63= 0,652
2. Determinación del coeficiente por tramos del número de unidades del módulo "personal asalariado", excluida la diferencia positiva sobre la que se ha aplicado el coeficiente 0,4 anterior.
4 - 1,63 = 2,37
Total | 2,37 | 0,3055 | |
Tramo | Personal asalariado | Coeficiente por tramo | Totales |
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Hasta 1,00 | 1 | 0,10 | 0,10 |
Entre 1,01 y 3,00 | 1,37 | 0,15 | 0,2055 |
3. Coeficiente de minoración: 0,652 + 0,3055 = 0,9575
4. Importe de la minoración por incentivos al empleo.
Es el resultado de multiplicar el rendimiento anual por unidad antes de amortización del módulo "personal asalariado" (3.709,88) por el coeficiente de minoración (suma del coeficiente por incremento del número de asalariados más el coeficiente por tramos: 0,9575). Es decir, 3.709,88 x 0,9575 = 3.552,21 euros.