Base liquidable del ahorro
Normativa: art. 50.2 Ley IRPF
La base liquidable del ahorro está constituida por la base imponible del ahorro, una vez minorada, en su caso, por el remanente no aplicado, si lo hubiere, de las reducciones por tributación conjunta, por pensiones compensatorias y anualidades por alimentos, sin que la misma pueda resultar negativa como consecuencia de aquellas reducciones.
En definitiva, la base liquidable del ahorro será siempre positiva o cero.