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Manual práctico de Renta 2022.

Por el cuidado de personas dependientes

Normativa: Art. 110-5 Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre

Cuantía de la deducción

150 euros por el cuidado de personas dependientes que convivan con el contribuyente al menos durante la mitad del período impositivo.

Se considera persona dependiente, a efectos de esta deducción, al ascendiente mayor de 75 años y al ascendiente o descendiente con un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100, cualquiera que sea su edad.

Requisitos y otras condiciones para la aplicación de la deducción

  • Que la persona dependiente no obtenga rentas anuales superiores a 8.000 euros, excluidas las exentas.

  • Que la suma de las bases imponibles general y del ahorro, casillas [0435] y [0460]de la declaración, menos el mínimo del contribuyente y el mínimo por descendientes, suma de las casillas [0511] y [0513] de la declaración, no sea superior a:

    • - 21.000 euros en declaración individual.

    • - 35.000 euros en declaración conjunta.

  • Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación de esta deducción, su importe se prorrateará por partes iguales.

    Cuando la deducción corresponda a contribuyentes con distinto grado de parentesco, su aplicación corresponderá a los de grado más cercano, salvo que estos no tengan rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros, en cuyo caso corresponderán a los del siguiente grado.