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Manual práctico de Renta 2022.

Por cuidado de hijos menores

Normativa: Art. 5. Cinco Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2011, de 28 de julio

Cuantía y límites máximos de la deducción

  • El 30 por 100 de las cantidades satisfechas en el período por los contribuyentes que, por motivos de trabajo, por cuenta propia o ajena, tengan que dejar a sus hijos menores al cuidado de una persona empleada del hogar o en escuelas infantiles de 0-3 años.
  • El límite máximo de la deducción es de:

    • - 400 euros.

    • - 600 euros si se tienen dos o más hijos de 3 o menos años de edad.

Requisitos y otras condiciones para la aplicación de la deducción

  • Que los hijos tengan tres o menos años de edad (tanto para generar el derecho a la deducción como para hacer cómputo para la deducción incrementada), a la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre).

  • Que ambos padres realicen una actividad por cuenta propia o ajena, por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad.

  • Que cuando la deducción sea aplicable por gastos de una persona empleada en el hogar, esta esté dada de alta en el Sistema Especial para Empleados del Hogar del Régimen General de la Seguridad Social.

  • Que la suma de las bases imponibles general y del ahorro minorada en el importe de los mínimos personal y familiar, suma de las casillas [0435] y [0460] de la declaración menos el importe de la casilla [0520] de la declaración, no sobrepase los siguientes importes:

    • - 22.000 euros en tributación individual.

    • - 31.000 euros en tributación conjunta.

  • Cuando más de un contribuyente tenga derecho a la aplicación de esta deducción, por cumplir los requisitos anteriores, su importe se prorrateará entre ellos.