Por residencia en determinados municipios
Normativa: Arts. 160-1 y 160-2.8 Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre
Cuantía de la deducción
600 euros, siempre que se cumplan todos los requisitos y condiciones que se detallan a continuación.
En el supuesto de tributación conjunta, la cuantía de la deducción será aplicable por cada uno de los contribuyentes que cumpla los requisitos establecidos.
Requisitos y otras condiciones para la aplicación de la deducción
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Que la suma de las bases liquidables general y del ahorro, casillas [0500] y [0510] de la declaración, sea inferior a:
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Que la base imponible del ahorro, casilla [0460] de la declaración, sea cual sea la modalidad de declaración, no supere los 4.000 euros.
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Que tenga su residencia habitual, durante el año natural en que se devengue la correspondiente obligación tributaria y en los cuatro siguientes, en alguno de los asentamientos rurales en riesgo extremo de despoblación, que incluyen a los asentamientos que pertenecen al Rango X de la estructura del sistema de asentamientos de Aragón.