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Manual práctico de Renta 2023.

Cuantía y límite de la deducción

Cuantía de la deducción

A. En general

  • El importe de la deducción (que puede ser hasta 1.200 euros) se calculará de forma proporcional al número de meses del periodo impositivo posteriores al momento en el que se cumplen los requisitos antes señalados (tanto en relación a los beneficiarios como a los hijos que dan derecho a la deducción) siempre que, durante dichos meses, ninguno de los progenitores perciba, en relación al hijo que otorgue el derecho, el complemento de ayuda para la infancia, salvo que se hubiera tenido derecho al mismo antes del 1 de enero de 2023.

    Por tanto, 100 euros por cada mes.

  • Incremento adicional: cuando se tenga derecho a la deducción en relación con ese descendiente por haberse dado de alta en la Seguridad social o mutualidad con posterioridad al nacimiento del menor, la deducción correspondiente al mes en el que se cumpla el período de cotización de 30 días, se incrementará en 150 euros, de tal manera que el importe de la deducción correspondiente a dicho mes será 250 euros (100 euros por mes + incremento adicional de 150 euros solo en este caso).

Precisiones:

  • La determinación de los hijos se realizará de acuerdo con su situación el último día de cada mes. En consecuencia, en caso de hijos por naturaleza se computará por entero el mes de nacimiento, sin que se compute el mes en que el hijo cumpla los tres años de edad.

  • A los efectos del cálculo de la deducción, se computará el mes correspondiente al momento del nacimiento o aquel en que con posterioridad se cumplan los requisitos para tener derecho a la deducción.

B. Régimen transitorio aplicable a situaciones anteriores a 1 de enero de 2023

Cuando en el período impositivo 2022 se hubiera tenido derecho a la deducción por maternidad y al complemento de ayuda para la infancia previsto en la Ley 19/2021 en relación con el mismo descendiente, se podrá seguir practicando la deducción por maternidad a partir de 1 de enero de 2023, aun cuando alguno de los progenitores tuviera derecho al citado complemento respecto de dicho descendiente, siempre que se cumplan el resto de los requisitos exigidos a partir de 1 de enero de 2023, a los que se hizo referencia con anterioridad.

Límite de la deducción

El importe de la deducción por maternidad por cada hijo que otorgue derecho a la misma no podrá superar 1.200 euros anuales, salvo en el supuesto en que resulte de aplicación el incremento de 150 euros, en cuyo caso, dicho límite se eleva en dicho ejercicio hasta 1.350 euros anuales.