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Manual específico de Renta 2022 para personas mayores de 65 años

Comunidad Autónoma de Cataluña

Por alquiler de la vivienda habitual

Normativa: Art. 1º.1 Ley 31/2002, de 30 de diciembre, de Medidas fiscales y administrativas, de la Comunidad Autónoma de Cataluña

Cuantías y límites máximos de la deducción

  • El 10% de las cantidades satisfechas en el período impositivo en concepto de alquiler de la vivienda habitual.

    La deducción se practicará por el titular o titulares del contrato de arrendamiento.
  • El límite máximo será:

    • 300 euros anuales siempre que se cumplen los requisitos que se indican en el siguiente apartado.

    • 600 euros anuales, siempre que en la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre) el contribuyente pertenezca a una familia numerosa y cumpla los requisitos establecidos en el apartado siguiente.

Requisitos para la aplicación de la deducción

  1. Que el contribuyente sea viudo o viuda y tenga 65 años o más.

  2. Que la suma de las bases imponibles general y del ahorro del contribuyente menos el mínimo personal y familiar, suma de las casillas [0435] y [0460] menos el importe de la casilla [0520] de la declaración, no supere las siguientes cuantías:

    • 20.000 euros en tributación individual.

    • 30.000 euros en tributación conjunta.

  3. Que las cantidades satisfechas en concepto de alquiler excedan del 10% de los rendimientos netos del contribuyente.

Otras condiciones para la aplicación de la deducción

Una misma vivienda no puede dar lugar a la aplicación de una deducción superior a 600 euros. De acuerdo con ello, si por una misma vivienda tiene derecho a la deducción más de un contribuyente, cada uno de ellos podrá aplicar en su declaración el importe que se obtenga de dividir la cantidad resultante de la aplicación del 10% del gasto total o el límite máximo de 600 euros, si procede, por el número de declarantes con derecho a la deducción.

La aplicación de esta deducción está condicionada a la justificación documental adecuada y suficiente de los presupuestos de hecho y de los requisitos que determinan su aplicabilidad.